Vicente Casas, candidato a convencional constituyente, señaló que la proscripción de Snopek es “una gran injusticia y un ataque a la Democracia. Comenzamos con un paso más para la ausencia de la República. Todas las Constituciones, y más las americanas, son otorgadoras de derechos, y aquí bajo la interpretación solamente gramatical de algo que se puso de parte de un convencional en la Constitución de 1986, que no está en la Constitución nacional, se inhabilitó a alguien, se proscribe a alguien, se manda al exilio político a la candidatura de Guillermo Snopek y no puede competir en estas elecciones”.

“Esta gente desconoce transitar caminos republicanos. Leí el pedido de impugnación, vi la prueba que se acompañó, trabajé algo en esto y sugerí algunas formas para contestar la impugnación”, sostuvo y remarcó que “todavía no tuve los fundamentos del fallo firmado recientemente”.

El abogado constitucionalista habló de los tiempos y la doble vara en el proceso de impugnación: “La contestación fue realizada por el apoderado del Frente ayer a las 13:15. A las 19:00 ya había resolución. Quiero saber qué se contestó de algo que yo sugerí hace tiempo”.

En ese sentido, recordó que “Snopek denunció al Poder Judicial de Jujuy en el Senado a través de un pedido de intervención federal, de modo que quienes suscribieron la resolución de ayer debieron haberse excusado porque existe una causal que, si bien no existe en la parte de la Constitución que establece la existencia del Tribunal Electoral, surge de la naturaleza del Derecho, del sentido común, del raciocinio jurídico, que si fueron denunciados por alguien los códigos procesales, sobre todo el Penal y el Civil lo establecen, claramente tienen que apartarse y no lo hicieron. Como no lo hicieron, sugerí un capítulo referido a esto desde el otro lado del expediente como demandado”

Esto del parentesco es una cláusula que no sé si está en otra Constitución; nuestra Constitución nacional nunca lo estableció, y las Constituciones de provincia tienen que ser dictadas conforme a la de la Nación de acuerdo a lo que establece el Artículo 5, por eso somos forma federal de gobierno. La Constitución de la nación no la tiene, la de la provincia tampoco debería tenerla. José Evaristo Uriburu fue tío de José Félix Uriburu; Luis Sáenz Peña fue padre de Roque Sáenz Peña. Juan Domingo Perón fue esposo de María Estela Martínez. Néstor Carlos Kirchner fue esposo de Cristina Fernández. Si no está en la Constitución de la nación no debería estar en la Constitución de la provincia”, sostuvo Casas.

 

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